viernes, 15 de enero de 2016







La legislación venezolana establece, a través de diferentes instrumentos normativos, la tipificación de los delitos de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo como hechos punibles. En tal sentido, la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y FT (LOCDOFT) prevé que el delito de legitimación de capitales es toda acción u omisión por la que se busca integrar al sistema financiero los capitales o activos provenientes o adquiridos por la ejecución de actividades de ilícito comercio.

En Seguros Venezuela "SEGVEN", a los fines de evitar la comisión de los delitos de legitimación de capitales y FT, a través de nuestras operaciones, hemos implementado el Sistema Integral de Prevención y Control de LC/FT, sobre la base de los principios de la mejor diligencia debida, buena fe, confianza, transparencia, autorregulación y control en sitio, de conformidad con lo establecido en la Providencia Nº 514 emitida por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, entre otras leyes y resoluciones, y adaptado a nuestras funciones dentro del sistema asegurador venezolano.Aunado a lo anterior, se han desarrollado políticas, a fin de que cada empleado pueda coadyuvar a la prevención de LC/FT, así como mitigar los riesgos de que nuestros productos o servicios sean utilizados como instrumentos para la Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo ("LC/FT"). Dentro de éstas políticas se encuentran las Políticas de (i) Conozca a su Cliente; (ii) Conozca a sus intermediarios de seguros, corredores, sociedades de corretaje y reaseguros; (iii) Conozca a su empleado, (iv) Conozca a su proveedor, (v) Personas Expuestas Políticamente (PEP).
En este sentido, es nuestro propósito fundamental, y el de cada uno de nuestros accionistas, directores y empleados, el no permitir ser utilizados como instrumentos para la "LC/FT", convirtiéndonos en garantes de la transparencia de nuestras operaciones, de la confidencialidad de la información suministrada por nuestros relacionados comerciales y asegurados, y del fortalecimiento de la cultura de cumplimiento en materia de Prevención y Control de Legitimación de Capitales y FT.

Las Consecuencias de la Legitimación de Capitales, son diversas sobre todo en la economía de los países ya que su desarrollo provoca efectos negativos en la soberanía, estabilidad política y social, esto se ve reflejado en la inseguridad ciudadana, el desvío de las fuerzas laborales hacia actividades ilícitas, entre otros.
Uno de los graves problemas que afronta el mundo entero es el consumo de drogas, las cuales están cada vez más al alcance de nuestros niños, adolescentes que en la mayoría de los casos se inician en este mundo por curiosidad o presión del entorno social.
El comercio de drogas está acompañado de otros delitos ocasionados por la Delincuencia Organizada, como: tráfico de armas, secuestro, extorsión, trata de blancas, tráfico de órganos, robo, hurto, estafa y otros fraudes tipificados en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (LOCDO/FT).

Este cuadro es agudizado por el fenómeno de la globalización que ocasiona que estos grupos trasciendan fronteras y violen jurisdicciones en su intento por introducir capitales ilícitos en el circuito financiero de los Estados con la intención final de luego de cumplidas las fases de colocación, procesamiento e ntegración, legitimarlo y darle apariencia de dinero lícitamente obtenido. Es por lo anteriormente expuesto que Banesco, como empresa comprometida socialmente y fomentando valores con trabajo incansable, colabora en esta labor de prevención con la herramienta de internalización de la cultura e impulsando valores éticos y morales.
El Financiamiento al Terrorismo: Es la utilización de fondos lícitos ó ilícitos para los siguientes fines: pertenecer, financiar, actuar ó colaborar con bandas armadas ó grupos de delincuencia organizada con el propósito de causar estragos, catástrofes, incendios o hacer estallar aparatos explosivos; también implica subvertir el orden constitucional y las instituciones democráticas; o alterar gravemente la paz pública.
La Norma especial que regula la materia en las Instituciones del Sector Asegurador es la Providencia FSS-000514 nombrada anteriormente, adicionalmente a ésta existen otras leyes de importancia que complementan el marco legal:

Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (LOCDO/FT), publicada en la Gaceta Oficial Ordinaria de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.912 de fecha 30 de abril de 2012. .

Ley Orgánica de Drogas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39.510 de fecha 15/09/2010, reimpresa en la Gaceta Oficial Nro. 39.535 de fecha 21/10/2010 y en la Gaceta Oficial Nro. 39.546 de fecha 05/11/2010.

Ley de La Activad Aseguradora, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39481 extraordinaria de fecha 05/08/2010.







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